Datos duros

La STPS no decidirá sobre registro de sindicatos

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) no decidirá sobre el registro de organizaciones sindicales y trámites administrativos relacionados a estos

Esa dependencia  publicó este lunes en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el “Aviso por el que se declara la terminación de las funciones registrales de la Dirección General de Registro de Asociaciones de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social” donde se establece que ahora los procesos se realizarán en el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral.

“Se declara la terminación de las funciones en materia de registro de organizaciones sindicales y demás trámites administrativos relacionados, de la Dirección General de Registro de Asociaciones de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, a partir del 3 de noviembre de 2021” se menciona en el DOF.


En la  última reforma laboral de mayo de 2019, se indica que en materia de libertad sindical y negociación colectiva, será el Centro Federal de Conciliación el responsable de  todos estos procedimientos laborales y las controversias que resulten en la relación obrero patronal.

Durante la transición al nuevo modelo laboral, ese Centro empezó  a registrar asociaciones sindicales a partir de julio de 2021, por lo que la STPS decidió emitir el anuncio del cese de operaciones de la Dirección General de Registro de Asociaciones a partir del 3 de noviembre próximo.

“A partir de la terminación de la función registral referida en el artículo primero, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social cesará la tramitación de cualquier asunto en materia de registro de organizaciones sindicales”, se agrega en la publicación.


En el DOF se establece que la Secretaría del Trabajo pondrá a disposición del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral los sistemas informáticos, bases de datos y el acervo documental inherentes a la función registral de la Dirección General de Registro de Asociaciones, “que se estimen pertinentes conforme a la normatividad aplicable”.

Los asuntos que se encuentren en trámite continuarán realizándose conforme a las disposiciones aplicables.

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