Trabajo doméstico, un empleo 24/7, todo el año

A pesar del trabajo arduo en casa,  para la manutención de la familia, se subordina para desempeñar un trabajo como empleada doméstica o como profesionista o como emprendedora, relación  laboral, que se encuentra regulada por la Ley Federal de Trabajo

Jacinto de la Cruz Vázquez

 

Este mes de mayo se conmemora, a todas aquellas mujeres que son madres, adoptando su condición por naturaleza, siendo uno de los caminos más difícil, el cual es educar a los hijos, sin tener una vocación para ello, sin que exista un manual, para enseñar a obedecer a los ascendientes, a dar respeto, sin embargo han tenido el éxito de formar a un profesionista o a una buena persona, inculcar cultura de la familia, a través del amor al prójimo, todo eso lo realizan por las máximas experiencias de la vida.

 

A pesar del trabajo arduo en casa,  para la manutención de la familia, se subordina para desempeñar un trabajo como empleada doméstica o como profesionista o como emprendedora, relación  laboral, que se encuentra regulada por la Ley Federal de Trabajo, pero pocas mujeres se encuentran protegidas por las garantías que la ley otorga. Se debe respetar su condición como ser humano, como personas y como mujer, para poder valorar el trabajo que desempeñan estas mujeres, tanto en el hogar propio, como en el ajeno, o en otro centro laboral.

 

Las labores domésticas, es un trabajo de 24 horas, 365 días del año, es decir, trabajan horas extras, a parte del trabajo en el hogar ajeno o su centro laboral,  inicia otra labor en la casa propia, es por eso que se debe entender la condición de la mujer, para regular el salario, otorgar la atención médica, farmacéutica y hospitalaria, incapacidad o riesgos de trabajo, ahorro para su retiro, o una pensión en caso de invalidez.

 

Hasta en el marzo de este año, se tiene una incorporación de 43 mil 823 personas afiliadas al programa de personas trabajadoras del hogar al régimen obligatorio del Instituto Mexicano del Seguro Social, lo cual es indicativo que en buena medida a funcionado la legislación para su protección, así como otras leyes, para salvaguardar a la mujer.

 

Pero ¿Cuántas mujeres son trabajadoras del hogar y no están afiliadas al IMSS?, a esas mujeres, se debe de proteger también, y velar por sus derechos, que sean respetados, que tengan un salario suficientemente remunerado, a esas mujeres que desde sus entrañas tiene un rol especifico en la familia y en la sociedad, estereotipo, que se aferrado por su condición de mujer.

 

Las actividades que desarrollan las madres, se debe valorar, no solo desde el punto de vista de trabajadoras, quien recibe un salario, producto de su trabajo, sino también desde su condición de ser mujer, actividades que laboran en sus propios hogares, hasta llegar al hogar donde laboran a cambio de una remuneración. Sí llegáramos a entender las complejidades de los estereotipos, solo tal vez, se llegara a proteger a la madre trabajadora, otorgando garantías judiciales, no con ello, se debe excluir al hombre, que existen también trabajadores varones del hogar, pero sí beneficias a la mujer, que se dedican al trabajo del hogar ajeno, en consecuencia también al hombre se vería beneficiado, sin que se discrimine.

 

Es necesario considerar la jornada laboral de las madres trabajadoras, haciendo énfasis a las del hogar ajeno, que debería ser especial, en cuanto a sus condiciones laborales, como derechos humanos, que no sea necesario, que se encuentren en la ley, sino que deben de resguardar desde el punto de vista amplio, y no tanto legal, suprimir los estereotipos, que la mujer por su condición tiene la obligación de dedicarse a los hijos, al hogar, y a parte laborar, y al hombre cumplir con su rol de proveer al hogar.

 

Los derechos humanos son progresivos, se deben mejorar los derechos laborales de todas las mujeres, y aquellas que son madres, por su doble rol que cumplen, con la familia y en el empleo, siendo de esa manera que el constituyente, tiene una deuda con aquellas mujeres que son madres, para implementar mejores salarios, por las condiciones sociales en las que se encuentran inmersas y puedan convivir en familia.

 

También con aquellas mujeres que no son madres, pero se encuentran laborando, que se implementen las legislaciones en su favor, como herramienta, para amparar su libertad para trasladarse de su hogar a su trabajo, y viceversa, en el centro laboral, en lugares de esparcimiento y convivencia, enfocadas a la protección de la salud, educación, dignidad y desarrollo, en total igualdad con el varón, como lo prevé el artículo 123 apartado A de la Constitución Política. Felicidades madres, gracias por existir.

Salir de la versión móvil