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Ordena Corte reinstalar a líderes de controladores aéreos; tribunal de conciliación hace tortuguismo 

El cese de los  secretarios general y de organización del Sindicato Nacional de Controladores Aéreos (SINACTA), en enero de 2020, fue injustificado. Fue una venganza de Víctor Hernandez, Raúl Campilla y Mauro Sánchez.

Por El Pordiosero

 

Pese a que la Suprema Corte de Justicia de la Nación ordenó la reinstalación en sus puestos de los dirigentes sindicales de los controladores de tránsito aéreo, José Alfredo Covarrubias Aguilar y Ángel Iturbe Estrop, el presidente de la primera sala del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje (TFCyA), Rufino H. León Tovar, decidió que será hasta agosto cuando someta a votación del pleno de magistrados el acuerdo.


 

La Corte ordenó, desde el 23 de abril, al tribunal de conciliación dejar insubsistentes los laudos que anteriormente había emitido -en uno de ellos planteó la legalidad del despido- y condenara a la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes la reinstalación de los dos dirigentes sindicales en sus puestos dentro del órgano desconcentrándome Servicios a la Navegación en el Espacio Aéreo Mexicano (SENEAM) y el pago de salarios y prestaciones desde el momento en que fueron separados injustificadamente.

 


Al desechar las revisiones del amparo que un tribunal colegiado había otorgado previamente a los dirigentes del Sindicato Nacional de Controladores de Tránsito Aéreo (SINACTA), interpuesta de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, se demostró la ilegalidad con la que actuaron ex directivos del SENEAM, Víctor Hernández Sandoval, Raúl Campilla Gómez y Mauro Sánchez Méndez.

 

El 6 de enero de 2020 el SENEAM comunicó a los secretarios general y de organización del sindicato de los controladores aéreos que habían sido despedidos por abandono de empleo, debido a que sus licencias sindicales habían concluido el 30 de noviembre, sin que les hubiesen sido renovadas -la notificación se les hizo a través del Diario Oficial de la Federación, en un ejemplo de la sevicios con la que se les perseguía-.

 

El despido de los dirigentes sindicales formó parte de una campaña de persecución, acoso y discriminación que en su contra se emprendió desde la dirección general del SENEAM, ideada y ejecutada por Campilla Gómez y Sánchez Méndez, coordinador nacional y jefe del jurídico de ese órgano desconcentrado, en una venganza con tintes personales.

 

En 2012 Campilla Gómez esperaba que se le suplicara mantenerse en la secretaría general del SNACTA, de la que había anunciado no buscaría una nueva reelección. Ángel Iturbe Estrop fue electo su sustituto, y entre otras decisiones -ejecutada por el tesorero Gustavo Alcalá, de manera precipitada, se canceló el pago que se hacia a Sánchez Méndez, como asesor-. Ambos anidaron resentimientos contra sus compañeros.

 

El gobierno del presidente Andrés Manuel López Obrador designó a Víctor Manuel Hernández Sandoval, director general del SENEAM, quien meses atrás había ofertado a los controladores aéreos información confidencial que no le compraron. En la administración, una de sus primeras decisiones fue invitar a su compadre de grado al ex dirigente sindical del SINACTA, Raúl Campilla Gómez a una posición de confianza como coordinador nacional, quien a su vez lo convenció para que designara a Sánchez Méndez como jefe del Departamento Jurídico -padrastro del actor y conductor de televisión Paul Stanley y quien si bien contaba con cédula profesional, sus conocimientos legales son inexistentes-.

 

Incorporados también al SENEAM como personal de confianza, fueron Gustavo Alcalá y Raúl Lujano, que habían sido dirigentes en el sindicato de los controladores aéreos -en 1999 fueron los primeros en lograr el registro como organización gremial tras una histórica jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación que terminó con el sindicalismo único en las dependencias públicas-.

 

Los cuatro emprendieron una persecución en contra de Covarrubias Aguilar y Iturbe Estrop, a quienes pese a haberlo solicitado previamente no les respondieron la prórroga de sus licencias sindicales -las condiciones laborales especiales de los  controladores aéreos establecen que serán vigentes durante el tiempo que duren sus cargos, esto es junio de 2024-.

 

Prácticamente a la par, convencieron a la SICT, para que iniciaron un juicio de cancelación del registro del sindicato de los controladores aéreos, el cual fue improcedente.

 

En lo que demostraron un profundo desconocimiento del derecho laboral, los directivos del SENEAM levantaron actas circunstanciadas del supuesto abandono del empleo de los dirigente sindicales, sin solicitar la intervención del SINACTA, para supuestamente acreditar la decisión de despedirlos.

 

El Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje, al resolver el juicio por despido injustificado que Covarrubias Aguilar e Iturbe Estrop iniciaron, absolvió a la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, ordenándole pagarles salarios devengados de la segunda quincena de septiembre a la segunda de noviembre de 2019, vacaciones, prima vacacional y parte proporcional de aguinaldo.

 

Ambos dirigentes, estableció el TFCyA en el laudo, incurrieron en abandono de empleo en sus funciones técnicas, las cuales al tener un carácter estratégico para la protección de la seguridad de la vida de los usuarios del servicio, con lo cual justificó el cese contemplado por el artículo 46 fracción I de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado (LFTSE).

 

El decimotercer tribunal colegiado en materia de trabajo del primer circuito que resolvió el juicio de amparo contra el laudo del tribunal de conciliación, le restó valor probatorio a las actas circunstanciadas por no reunir los requisitos establecidos por la ley burocrática, en cuanto a que es indispensable la presencia sindical.

 

La Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes promovió el recurso de revisión, con el argumento que la tesis jurisprudencial P.LV/2005, contempla que las actas para acreditar el cese no requieren cumplir todas y cada una de las formalidades. Los dirigente sindicales se adhirieron a ese juicio.

 

Sólo que la ministra Loretta Ortiz Ahlf, concluyó que ese recurso no se ajusta a lo contemplado por el artículo 21 fracción IV de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación respecto de la revisión de los amparos.

 

En virtud de ello, propuso desechar la revisión, por lo que quedó firme el amparo de los dos dirigentes de los controladores aéreos, debiendo reinstalárseles en sus puestos de base, pagarles salarios caídos y devengados y prestaciones económicas contempladas en las condiciones laborales.

RUFINO H. LEÓN TOVAR, PRESIDENTE DE LA SEGUNDA SALA DEL TFCYA (ESPECIAL)

Sin embargo, en forma dolosa el presidente de la segunda sala del TFCyA, Rufino H. León Tovar, retrasó someter a votación del pleno de magistrados el nuevo laudo en cumplimiento a la resolución de la Corte, para perjudicar aún más a ambos dirigentes sindicales, antes del periodo de vacaciones de julio.

 

Y es que tanto Aguilar Covarrubias como Iturbe Estrop fueron testigos de una ocasión en la que el ex jefe del Jurídico del SENEAM salió de la oficina del magistrado León Tovar -representante del gobierno federal en el tribunal de conciliación-. Es decir, tiene marcado interés en el asunto, lo que es deleznable en un impartidor de justicia laboral.

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